Volumen 8, No. 2, Art. 8 – Mayo 2007

El análisis de discursos que forman parte de un régimen de prácticas de gobierno: una aproximación desde la perspectiva de los estudios de la gubernamentalidad

Victoria Haidar

Resumen: A partir de la articulación del enfoque de los estudios de gubernamentalidad y el análisis crítico del discurso, en este artículo se muestra como las prácticas discursivas que componían el programa configurado por el Departamento Nacional del Trabajo entre 1907 y 1915 en Argentina, para gobernar los riesgos laborales, tradujeron una racionalidad política liberal en interfase con un punto de vista social y movilizaron preferentemente tecnologías actuariales.

Palabras clave: estudios de gubernamentalidad, análisis crítico del discurso, liberalismo, "social point of view", tecnologías actuariales

Índice

1. Introducción

2. Herramientas metodológicas: El análisis crítico del discurso orientado textualmente

3. La construcción discursiva de un punto de vista social sobre los riesgos del trabajo

4. La afirmación de las ideas liberales

5. Tecnologías actuariales: la preferencia del DNT por el seguro obligatorio de gestión pública

6. Conclusiones

Notas

Referencias

Autora

Cita

 

1. Introducción

El objetivo de este artículo es presentar una investigación que combina el enfoque teórico de los estudios de la gubernamentalidad (BURCHELL, GORDON & MILLER 1996; MILLER & ROSE 1992; OSBORNE 1997; BARRY, OSBORNE & ROSE 1999; DEAN 1999; ROSE 1999) y la metodología del análisis crítico del discurso orientado textualmente1) (FAIRCLOUGH 1992). [1]

La decisión de articular esas dos matrices se explica por la intención de producir un texto que reconstruya el conjunto de reflexiones producidas por el Departamento Nacional del Trabajo en relación al gobierno de los riesgos laborales en Argentina, durante el período 1907-1915, situado en un lugar intersticial entre una sociología de las racionalidades y las tecnologías implicadas en el gobierno de la salud de la población asalariada y una genealogía de la biopolítica del trabajo asalariado (HAIDAR 2005). [2]

La creación del Departamento de Trabajo y la contratación de expertos a los fines de la indagación de las condiciones de vida de las clases obreras, permiten afirmar que el programa de gobierno de los riesgos, tomó en Argentina, la forma de una "política de Estado". El Departamento Nacional del Trabajo corporizaba la articulación entre la élite gobernante y una serie de juristas – Nicolás MATIENZO, Alejandro RUZO y Alejandro UNSAIN. Mientras los juristas abogaban por establecer un programa de regulación de la cuestión obrera que representaba un adelanto para la disciplina jurídica, las autoridades políticas liberales estaban deseosas de hallar el punto justo de intervención, que permitiera aplacar los conflictos obreros, garantizando las condiciones de reproducción y evolución los procesos económicos. [3]

Para que las diversas formas a través de las cuales se hizo pensable el gobierno de aquella experiencia se vuelvan inteligibles en la específica constelación histórica en las que emergieron, fue necesario recurrir, simultáneamente, a los insumos de inspiración FOUCAULTiana desarrollados por los estudios de la gubernamentalidad y a las estrategias de un análisis textual cerrado y pormenorizado de los documentos que constituyen la única vía de acceso (CHARTIER 1996) a aquellas representaciones. [4]

Desde una perspectiva metodológica, con la articulación propuesta se aspira, en primer lugar, a producir un desplazamiento en el área de los estudios sobre la gubernamentalidad. Esto es así, porque esos estudios se ubican en el registro epistemológico de una "analítica" (ROSE 1999) o una "problematología histórica" que procura distanciarse tanto de la historia de las ideas y de la filosofía normativa como de las aproximaciones sociológicas (OSBORNE 1997, pp.1, 3). Si bien dicha analítica, al proceder genealógicamente, reconoce aportes empíricos muy importantes – se trata en todo caso de analizar prácticas históricas – reniega de la necesidad de desarrollar una sociología empírica, cuya tarea sería el relevamiento fáctico de las técnicas de poder realmente existentes (GORDON 1996, p.8), colocando su programa en un lugar distanciado de las numerosas apropiaciones sociológicas del trabajo de FOUCAULT (OSBORNE, 1997, p.3). Por otra parte, en el ámbito más general de la investigación inspirada en la teoría social FOUCAULTiana, si bien se han producido desarrollos innovadores, los trabajos empíricos que otorgan importancia al análisis textual cerrado son raros, lo que tal vez se explica porque la obra de aquel autor no ofrece referencias en esta línea de trabajo (FAIRCLOUGH 1992). Para suplir el déficit que ese enfoque presenta en relación con la programación de técnicas de recolección y análisis de datos, se recurrió, entonces, al trabajo de FAIRCLOUGH sobre el análisis del discurso (1992, 2000). [5]

En segundo lugar, la articulación propuesta apunta a expandir el campo transdisciplinar del ACD que mezcla herramientas del análisis lingüístico con insumos teóricos de inspiración FOUCAULTiana (FINCH-LEES 2005). Desde una perspectiva teórica, en esta investigación me propuse reconstruir uno de los ejes – o sector de la trama discursiva – que contribuyó a la configuración del dispositivo (FOUCAULT 1985) o régimen de prácticas (DEAN 1999) de regulación de los riesgos laborales en Argentina en las primeras décadas del siglo XX: El aporte que los juristas y otros expertos que integraron el Departamento Nacional del Trabajo hicieron a la problematización (FOUCAULT 1986) de los riesgos laborales que precedió a la sanción de la primera legislación reguladora en 1915. [6]

De acuerdo al enfoque de los estudios de la gubernamentalidad, el quehacer discursivo de los juristas expertos resulta conformador de un programa de gobierno (ROSE & MILLER 1992) destinado a regular las conductas de la población obrera y empresaria en relación a los riesgos laborales. La hipótesis que sostengo es que dicho programa involucró la traducción (LATOUR 2001) de una racionalidad de gobierno liberal en interfase con un social point of view y la movilización de un conjunto de tecnologías de poder actuariales (DONZELOT 1979; EWALD 1986, 1991; SIMON 1987, 1988; O'MALLEY 1992, 1996, 2006). [7]

Los programas de gobierno, las racionalidades políticas y las tecnologías de poder se encuentran articuladas, formando un cierto ensamblaje que responde históricamente a problemas diferentes. Desde la matriz FOUCAULTiana, la articulación de esos elementos heterogéneos puede ser entendida en términos de dispositivo (FOUCAULT 1985). Por el contrario, los autores de la perspectiva anglo-FOUCAULTiana, denominan a esa articulación o ensamblaje régimen de prácticas (DEAN 1999). En este trabajo utilizaremos ambos conceptos indistintamente. [8]

Teniendo en cuenta el carácter discursivo de las producciones textuales del Departamento Nacional del Trabajo (los Boletines) el ACD se presenta como una estrategia central para esta investigación, ya que tiene como objetivo, a través la focalización de los tipos de lenguajes que los sujetos usan, de sus opciones semánticas y sintácticas (VASILACHIS de GIALDINO 1992, p.177), la explicitación de diversos procesos sociales. [9]

2. Herramientas metodológicas: El análisis crítico del discurso orientado textualmente

Teniendo en cuenta la centralidad que las herramientas teóricas provenientes de la obra de Michel FOUCAULT y del enfoque de los estudios de la gubernamentalidad ocupan en esta propuesta, considero apropiada la utilización de algunas estrategias del análisis crítico del discurso orientado textualmente (FAIRCLOUGH 1992). La decisión de combinar los insumos de ese enfoque con las estrategias del análisis crítico del discurso requirió el establecimiento de múltiples relaciones de traducción (LATOUR 2001) entre los conceptos provenientes de ambas matrices. Esas conexiones fueron facilitadas por la construcción de mediaciones a partir de la obra de Michel FOUCAULT. La perspectiva anglo-FOUCAULTiana y el ACD coinciden en concebir a los discursos como prácticas sociales2) no exclusivas3) que transportan relaciones de poder (FOUCAULT 2002, p.15). [10]

En el marco de esta propuesta, el análisis crítico del discurso es utilizado como una metodología cualitativa para la recolección y el análisis de los datos (VASILACHIS de GIALDINO 1992, p.206) en el marco de una investigación de corte sociológico. El ACD consiste en el análisis de las relaciones dialécticas entre el discurso y otros elementos de las prácticas sociales (CHIAPELLO & FAIRCLOUGH 2002, p.185) y su utilidad radica en que permite explicitar el lugar del discurso en las prácticas. Por una parte, FAIRCLOUGH propone distinguir tres dimensiones del análisis de los datos: a) El análisis de las prácticas discursivas, especialmente focalizado en la intertextualidad y la interdiscursividad en las muestras de discurso; b) el análisis de textos, de los aspectos más micro del discurso, y c) el análisis de la práctica social, especialmente en su aspecto semiótico, es decir, del orden del discurso. Esta última dimensión de análisis alude a la articulación de las prácticas sociales en una forma determinada, lo que conforma un orden social (por ejemplo, el capitalismo). El aspecto discursivo/semiótico de un orden social es lo que FAIRCLOUGH denomina un orden del discurso, que refiere a la forma como diversos géneros, discursos y estilos están conectados entre sí. La noción de orden del discurso involucra el registro de la dominación o hegemonía: mientras algunas formas de de producir significado predominan otras son marginales, opuestas o alternativas (CHIAPELLO & FAIRCLOUGH 2002, p.194). [11]

Tanto la consideración de los discursos como parte de prácticas sociales como el señalamiento de que existen discursos dominantes coincide con la perspectiva FOUCAULTiana4). Más adelante, se presentará la incorporación al análisis del discurso de la dimensión de la práctica social como especialmente dúctil para una investigación sociológica. Sin olvidar por otra parte, el énfasis colocado en el análisis de la intertextualidad y la interdiscursividad que nos plantea la particularmente atractiva propuesta de FAIRCLOUGH para dar cuenta de los enmarañamientos, exclusiones, solapamientos y ensamblajes entre los discursos heterogéneos que componen la problematización de la experiencia de la afectación de la salud de los trabajadores, que se pretende dilucidar5). Esta primera dimensión del análisis del discurso que plantea FAIRCLOUGH discurre, también, en un registro afín a la concepción FOUCAULTiana (2002, p.26). Finalmente, la noción de orden de discurso exhibe una particular capacidad para dotar de inteligibilidad al liberalismo. Con aquella noción se alude a una configuración de discursos heterogéneos articulados de una manera particular, establecidos dialécticamente como modelos de acción (y discursivamente como géneros) e inculcados como formas de ser o identidades (y discursivamente en estilos). [12]

El corpus sobre el que se trabajó está constituido por los textos aparecidos en el Boletín del Departamento Nacional del Trabajo entre 1907 y 1915 y referidos a los riesgos del trabajo. No obstante, para el análisis textual fino se constituyó una muestra a partir de los siguientes criterios: la representatividad de los textos seleccionados respecto de las prácticas consideradas, definida por la inclusión de componentes típicos, componentes diversos (que den cuenta de la diversidad de las prácticas en diferentes situaciones) y puntos cruciales, acontecimientos de crisis y el volumen y la variabilidad de recursos lingüísticos comprendidos por los textos. [13]

Los interrogantes de investigación de los cuales se parte fueron construidos deliberadamente en forma abierta, son los siguiente: ¿De qué manera los expertos que se desempeñaron en el Departamento Nacional del Trabajo hicieron pensable las cuestiones referidas a la visibilización, el diagnóstico, la explicación y la regulación de los accidentes y enfermedades del trabajo? ¿A través de que mecanismos y procedimientos pretendieron regular los accidentes y las enfermedades del trabajo?. [14]

Los resultados derivados del ACD se presentan organizadas alrededor de los tres aspectos generales que componen la tesis defendida, esto es: – La construcción discursiva de un social point of view sobre los riesgos del trabajo en interfase con – las ideas del liberalismo y – l a movilización, con carácter predominante, de tecnologías actuariales. [15]

3. La construcción discursiva de un punto de vista social sobre los riesgos del trabajo

La apertura de un punto de vista social sobre la cuestión de la salud de los trabajadores asalariados, se produjo a través de diversas estrategias discursivas, que fueron movilizadas por el DNT6) a partir de su funcionamiento simultáneo como centro de cálculo, de interpretación y de control (ROSE 1999, p.211 y 212; LATOUR 1987). En gran medida, el nuevo pensamiento y espacio que el DNT abrió, fue ciertamente colectivo por estadístico (OSBORNE & ROSE 1997, p.90). La operatoria como centro de cálculo involucró la puesta en acción de mecanismos tendientes a la producción y organización de cifras relativas a la cantidad y frecuencia de accidentes ocurridos en la Ciudad de Buenos Aires. Los números y estadísticas constituyen un específico grupo de tecnologías de gobierno, que los estudios de la gubernamentalidad (DEAN 1999; ROSE 1999) caracterizan como dispositivos de inscripción, apropiándose del concepto de Bruno LATOUR (1986 y 1987). Como tales, hacen posible y estimable el gobierno de los sujetos – en este caso de obreros y capitalistas – al contribuir al relevamiento y configuración de los dominios objetivos sobre los que el mismo opera. [16]

Ese curso de acción dio lugar a la publicación, en el Boletín del DNT, en la sección denominada Accidentes de Trabajo, de textos de tipo técnicos, orientados hacia la presentación de la información, con diverso nivel de generalidad: Por una parte, tablas que organizaban los datos cuantitativos referidos a la cantidad y las causas de los accidentes de trabajo, la profesión de los obreros accidentados, clasificándose los hechos según la gravedad de las lesiones sufridas. El período temporal que comprendían era trimestral o cuatrimestral. La información publicada estaba organizada de la siguiente manera:

"En el cuadro que sigue se consignan las cifras relativas a los accidentes de trabajo producidos en la ciudad de Buenos Aires durante los meses de septiembre y octubre. Alcanzan ellos al número de 298. El número de accidentes del trabajo en los cuatro últimos meses ha sido: julio 114, agosto 131, septiembre 134, octubre 164. Se nota, pues, un aumento constante.

Causas de los accidentes – Las causas que han producido los accidentes mortales ocurridos durante el mes de octubre, son las siguientes: Un señalero de la empresa ferrocarril del Oeste fue arrollado por el tren n°76 produciéndose lesiones en el tórax y en el cráneo y destrozándole el miriñaque una pierna y un brazo. El segundo caso, ocurrió a un fogonero de la fábrica de tejidos situada en la calle (...), mientras limpiaba una caldera con agua hirviendo, sufriendo quemaduras que le produjeron la muerte (...). El último caso se produjo a consecuencia de que la víctima, de profesión cocinera, arrojó kerosene en una hornalla caliente (...).

En el cuadro que siguen se consignan los restantes datos. (...)7) Las causas que han producido los accidentes no mortales ocurridos en octubre, son los siguientes, para cada gremio: Herreros.-4 accidentes:1, herrando un caballo recibió una coz; 1, limpiando una máquina de agujerear, se lesionó la mano (...). Electricistas.-4 accidentes: (...)" (Boletín DNT, N°3, 1907, 370-382). [17]

Por otra parte, tablas que presentaban las estadísticas elaboradas por el DNT a partir de la información anterior, acompañadas por textos introductorios y que estaban estructuradas de la siguiente manera:

"Crecimiento de los accidentes

La estadística de accidentes que este Departamento lleva se inició en el año 1907. Desde entonces hasta el año 1912, inclusive, 11.702 accidentes de trabajo fueron registrados por la Policía de la Capital y para la ciudad de Buenos Aires. Por los años corresponden así: 1907 (segundo semestre) ...820. 1908 ... 1632 (….) 1912 ... 2894. La lectura de las cifras evidencia un crecimiento en el número de accidentes. (…)

Clasificación de los accidentes

De los accidentes ocurridos han sido:583 mortales, 1627 graves y 9.492 leves. En el año 1912 la estadística de accidentes indica 162 casos mortales o sea el 56%, 366 casos graves o sea el 126,4% y por fin 2366 casos leves o sea el 817,6%. La misma estadística registra 97 accidentes del trabajo en la industria alimenticia; 14 en la del libro (…).

Los cuadros que a continuación se insertan contienen los datos pertinentes desde 1907 hasta 1912" (Boletín DNT, N°24,1913, 669-671). [18]

Las transcripciones anteriores constituyen una muestra de este tipo de textos. Todos los textos de la sección Accidentes de Trabajo tienen la misma configuración. [19]

Del análisis de los datos de esas tablas a partir de la grilla proporcionada por el ACD se desprende que el DNT hizo pensable la experiencia de la afectación o pérdida de la salud de la población asalariada por el hecho del trabajo, en términos de un problema social, que excedía los límites de la relación trabajador-empleador. [20]

La socialización incluye las siguientes dimensiones:

Además de producir cifras, el DNT se desempeñó como un centro de interpretación de diversas prácticas jurídicas: la jurisprudencia, el derecho vigente e, incluso, las prácticas contractuales celebradas entre los empresarios y las Compañías de Seguros. Esta actividad se explica no sólo por las competencias que las autoridades políticas le habían atribuido, sino por el hecho de que estaba compuesto principalmente por juristas, con una reconocida trayectoria en el ámbito de la comunidad académica nacional. Dicha procedencia permite comprender la insistencia en la producción de una semiosis destinada a interpretar los materiales jurídicos antes referidos y a intervenir sobre ellos, en dirección a su reforma, que da lugar a la configuración de un discurso jurídico. [22]

Dos secciones específicas del Boletín trasuntan la actividad interpretativa que cumple el Departamento: jurisprudencia de nuestros tribunales dedicado al seguimiento de las decisiones judiciales en relación a los accidentes del trabajo y legislación extranjera en el que se compila y organiza el derecho comparado8). Además, el Boletín DNT, Nº20 del año 1912 se dedicó enteramente a la cuestión de los accidentes del trabajo, incluyendo artículos jurídicos referidos a la teoría del riesgo profesional, al Código Civil y los accidentes del trabajo, resúmenes de jurisprudencia, la compilación de los proyectos de ley presentados y de derecho extranjero. [23]

Lo que pretendo mostrar a través del ACD es que tanto el proceso semiótico de interpretación como la diagramación de nuevos dispositivos jurídicos se produjeron desde la miríada de un social point of view que importó un proceso de socialización de la mirada jurídica. Este proceso, que no era una invención de los juristas nacionales sino, en gran medida, una importación de teorías formuladas en otros contextos, se configuró a partir de una copiosa producción de textos que cumplieron cuatro funciones principales. [24]

a) En primer lugar, introducir la teoría del riesgo profesional y el seguro obligatorio, maquinarias intelectuales a través de la cual se socializa la responsabilidad por los daños acaecidos a los trabajadores. [25]

Lo que los juristas del DNT hacían al tematizar la viabilidad de la incorporación de la teoría del riesgo profesional al sistema jurídico argentino era programar una nueva regla para el juicio de las responsabilidades de los empleadores en relación a los daños sufridos por los trabajadores, que suponía varias innovaciones a nivel de las mentalidades:

El accidente tiene una objetividad propia, diferente de los comportamientos que la teoría clásica de la responsabilidad civil aprehendía individualmente en términos de prudencia o de vigilancia individual: resulta del concurso normal o regular de una actividad – en este caso, del trabajo – y en la medida en que obedece a las leyes de la estadística es previsible, calculable y por ende asegurable. La noción de accidente no reenvía a la naturaleza ni directamente al maquinismo, sino a la sociedad en su conjunto: Los accidentes son males sociales una carga que deriva del concurso de las actividades de los hombres y que como tal debe ser repartida (EWALD 1986, pp.18 y 19). [27]

La objetivización y socialización que importa el instanciamiento del concepto de accidente de trabajo se conecta con el quehacer de producción de cifras sobre a accidentes del que el DNT también se ocupaba y que contribuyó a la demarcación de lo laboral como un campo de intervención específico y objetivizó los eventos dañosos en tanto que accidentes.

En segundo lugar, la elaboración de una justificación de la adecuación y justicia de la responsabilidad fundada en el riesgo profesional, que consistía en defender el desplazamiento desde el dominio moral como principio para la gestión de la causalidad y la distribución de las cargas de los accidentes (propio de la responsabilidad por culpa que diagramaba el Código Civil) hacia la racionalidad económica. Esa justificación importa la reproducción de una serie de argumentos que constituyeron – en tanto arsenal discursivo integrado a la propia formulación de la teoría – un punto de vista social sobre la responsabilidad por daños, que hasta entonces se pensaba en términos individuales y morales. Se produce un cambio en la regla de juicio que muta el fundamento de la responsabilidad del poder al lucro (EWALD 1986, p.244). En el caso del DNT, la legitimidad del viraje hacia una racionalidad económica se procura obtener a través por ejemplo del recurso a la intertextualidad (FAIRCLOUGH 1992) consistente en la introducción de dichos del presidente ROOSEVELT y su funcionalización como argumento de autoridad:

"… el presidente Roosevelt, en su mensaje anual al Congreso (…) dijo con autorizada voz, lo siguiente 'Entre las excelentes leyes que el Congreso dictó en la última legislatura, se contó una sobre responsabilidad de los empresarios. (…) A pesar de todas las precauciones adoptadas por los patronos, inevitables accidentes y hasta muertes deben producirse en casi toda clase de negocios relacionados con las artes mecánicas. Este inevitable sacrificio de vida puede ser reducido a un minimun, pero no se le puede eliminar por completo. Es una gran injusticia social obligar al empleado (…) a que soporte la carga entera de tan inevitable sacrificio. En otras palabras, la sociedad elude su deber al echar el costo total sobre la víctima, siendo así que el daño proviene de lo que puede llamarse riesgos legítimos del oficio. La indemnización por los accidentes (…) debería ser pagada por la parte de la comunidad en cuyo beneficio se ejerce la industria (…). Si todo el riesgo industrial se echa sobre el patrono, este lo agregará pronto al costo legítimo de la producción y lo repartirá proporcionalmente entre los consumidores de su mercancía. (…)'. En la República Argentina falta también la ley que echa de menos el presidente Roosevelt" (Boletín DNT, N°2, 1907, 165). [29]

La construcción de una argumentación que defiende la teoría del riesgo profesional a través de la conexión entre: una presuposición (FAIRCLOUGH 1992) (que los accidentes de trabajo son consecuencia indirecta de la actividad industrial), un razonamiento instrumental en virtud del cual se demuestra la justicia de la solución (si el empleador origina un riesgo y se beneficia de él, debe cargar con las consecuencias), una retórica del progreso, por medio de la cual se opone la antigua teoría de la culpa – que se presenta de manera negativa – a la moderna teoría del riesgo – que se presenta de manera positiva – y una estrategia de naturalización:

"Los accidentes de trabajo (…) no provienen de la culpa o negligencia del patrono (…). Son consecuencias indirectas de la actividad industrial (…). Y precisamente sobre esa clase de consecuencias es sobre la que se aplica la doctrina llamada del riesgo profesional (…). El funcionamiento de una máquina o empleo de una sustancia con fines industriales acarrea peligros, y es justo que las consecuencias de esos peligros sean reparadas por quien los ha creado u originado. Si de dos personas, una crea el peligro y la otra la sufre, quién debe repararlo es la primera, porque sin su acción no hubiera ocurrido el accidente, tanto más cuanto que la creación de peligro es un medio indispensable para obtener el beneficio buscado. La antigua teoría de la prestación de la culpa como base de la responsabilidad resulta, pues, estrecha y deficiente ante la complicación de la vida moderna, especialmente en el orden industrial y tiende a ser reemplazada por un principio más amplio y natural, el de que todo daño debe ser reparado por quién lo origine directa o indirectamente" (Boletín DNT, N°2, 1907, 163). [30]

En tercer lugar, defender la idea de la emergencia de una nueva rama al interior del derecho: la legislación social. Esta dislocación teórica que cristaliza en la emergencia de una nueva subdisciplina, implica el reconocimiento de una serie de procesos que van a socializar el derecho. Esta idea es defendida a través de la construcción de una narrativa que presenta al derecho como una tecnología en permanente evolución, que refleja al devenir de los procesos sociales sin poder contradecirlos y avanza condensando las relaciones sociales y volviéndose cada vez más eficiente: "… a nuevas necesidades sociales corresponden también leyes nuevas" (Boletín DNT, N°20, 1912, 10). [31]

Esa caracterización se logra a partir de la movilización de una metáfora (FAIRCLOUGH 1992, 2002) del progreso, la construcción de una imagen de inexorabilidad del proceso, una estrategia de determinación fáctica de las reformas, la presentación negativa de aquellos agentes que las rechazaban, la utilización de la metáfora de la guerra para representar las relaciones sociales y de la imagen de la condensación como punto crítico de su desenvolvimiento.

"Los más opuestos ideales de carácter económico-social afectan al derecho en la actualidad. Las tendencias de clase presentan el espectáculo de la lucha que germina en todos los pueblos y aquellos ideales y esas oposiciones van condensándose en una rama nueva de la ciencia jurídica, que es la legislación social. (…) La legislación positiva sigue las variantes que le infunde el estado social. No puede contrariar las orientaciones de los tiempos y necesita, por el contrario, para ser eficiente, adaptarse a cada época. Por eso la legislación social, que es esencia de las relaciones jurídicas que tienen surgimiento en el presente, se impone y es preciso aceptarla (…). Esta nueva rama (…) se relaciona íntimamente con el derecho civil, el que hace ya tiempo inició su evolución en orientaciones hacia el aspecto social de sus problemas, conforme a las modernas tendencias y características de los tiempos. (…) El derecho civil ha inaugurado su período crítico de evolución, abriendo los códigos que lo contienen a las instituciones fundamentales de la legislación social. Ha debido ceder a las concepciones exclusivistas del derecho romano (…) y también a la influencia de los estudios clásicos y teológicos (…) y en fin, al espíritu estrecho, eminentemente conservador de los juristas encastillados en textos seculares, para dar paso a la fuerza irresistible del movimiento innovador" (Boletín DNT, N°20, 1912, 9-10). [32]

En cuarto lugar, a indicar una evolución en la jurisprudencia en dirección hacia la socialización. La mirada oficial-experta ideó una narración evolutiva de la jurisprudencia, constituyendo dos series a las que vinculó a través de una oposición (CHIAPELLO & FAIRCLOUGH 2002) que valoraba negativamente la primera y positivamente la segunda; denominada significativamente como interpretación sociológica:

"Concretando este estudio a la jurisprudencia, necesariamente debemos dividirla en dos secciones, correspondientes a las dos épocas de su evolución. La primera, que llamaría de interpretación clásica o restrictiva del derecho común en materia de daños causados por accidentes; la segunda, de interpretación sociológica y aplicación circunstancial de los principios de equidad y de justicia" (Boletín DNT,
N°20, 1912, 35). [33]

Se construye una oposición entre el criterio jurisprudencial basado en el derecho civil que se piensa antiguo, estrecho y, por contraste, injusto y las decisiones fundadas en una interpretación sociológica, que ponderan ecuánimemente la situación del obrero. [34]

4. La afirmación de las ideas liberales

El estilo de pensamiento liberal, traducido en el campo jurídico en el principio de la responsabilidad individual por culpa, planteaba a todo operador deseoso de socializar el derecho a través de la incorporación del dispositivo de la responsabilidad por riesgo profesional y seguro obligatorio, dos objeciones de difícil remoción. Por una parte, la objeción moral derivada de la supresión del principio de la culpa, lo que implicaba atribuir daños a sujetos que no los habían causado voluntaria/intencionalmente. Para la racionalidad liberal, la garantía de los derechos individuales de los patrones exigía que las medidas de intervención pública – destinadas a incrementar las posibilidades de sobrevida, salud y laboriosidad de la población obrera – no vulnerasen su esfera de libertad de trabajo, comercio e industria. Y, por otra parte, la objeción economicista, que postulaba un supuesto aumento de los costos para la industria. [35]

Frente a esas objeciones, los juristas del DNT desarrollaron un voluminoso arsenal discursivo tendiente a desmantelarlas. La estrategia consistió, en parte, en persuadir a las autoridades políticas (principalmente a los legisladores), los empresarios y la opinión pública en general, de que el dispositivo de la responsabilidad por riesgo profesional y seguro obligatorio, contaba con la aprobación de los principales afectados: los empleadores.

"Tengo el honor de someter a la consideración de V.E. el adjunto proyecto de ley sobre indemnización de los accidentes de trabajo, para cuya preparación he tenido en cuenta las informaciones recogidas por este Departamento respecto de lo que se practica en nuestro país (...). Los usos de la industria se han adelantado en nuestro país a la legislación sobre accidentes de trabajo. El número de patrones que reconocen espontáneamente su obligación de indemnizar a los obreros incapacitados por esos accidentes aumenta constante y considerablemente (...). Estamos, pues, en condiciones más favorables para implantar el nuevo régimen y para hacer forzoso el aseguramiento, tanto más, cuanto que, los mismos industriales, por el Órgano de la Unión Industrial Argentina, han manifestado su conformidad a este respecto (...). Pero, como toda ley es un ensayo, no convendría que ella alterase los uso ya establecidos" (Boletín DNT, N°2, 1907, 191).

"Excmo. Señor ministro del Interior (...)

Las deducciones que se imponen, señor ministro, como consecuencia de la situación revelada por el número de infortunios del trabajo (...) conducen a establecer la necesidad de la sanción de una ley de reparación de las víctimas, como ha sido propuesto por este Departamento (...)

Una ley sobre accidentes del trabajo vendría a llenar una sentida necesidad en nuestro medio industrial, regularizando una situación que se encuentra librada a las convicciones entre patronos, obreros y aseguradores, puesto que desde luego y aun con anterioridad al seguro obligatorio, él ha tomado un notorio incremento en nuestra metrópoli, al extremo que la mayor parte de los establecimientos de alguna importancia que existen en esta capital, tiene asegurados a sus obreros" (Boletín DNT, N°12, 1910, 231).

"Tal circunstancia no obedece sino a la lucha de los obreros por la conquista de los medios para atender su situación cuando un accidente los priva del trabajo y del salario, o bien para evitar a la familia cuando él asume consecuencias fatales, una segura miseria. A contribuido a la vez, buen sentido de la clase patronal, que comprende la conveniencia de proteger en esto a los trabajadores, vinculándolos más y con mayor dedicación y satisfacción a la labor diaria, cuyos resultados son siempre más provechosos cuando sus agentes la emprenden con el entusiasmo que despierta una remuneración justa con el accesorio de condiciones equitativas de trabajo, una de las cuales es la obligación del patrono de resarcir los daños que sufre el obrero con motivo de su trabajo" (Boletín DNT, N°12, 1910, 232). [36]

De los textos que a continuación presentamos se desprende:

En la dilucidación de las causas del aseguramiento voluntario, se construye la identidad del empresario a través de la atribución a éste de una serie de cualidades morales. El empleador se auto-responsabilizaba moralmente respecto de los trabajadores, en tanto había internalizado una serie de deberes morales y los cumplía espontáneamente, independientemente de la presencia/ausencia de constricciones legales, a la manera como el pater familia cumplía los deberes filiales respecto de los hijos. [38]

Pero no sólo se construyó la identidad del empresario como atribuyéndole cualidades morales, propias de un padre de familia, sino también actitudes racionales. Aquí el modelo que se pone en acción es el del homo economicus, propio del liberalismo:

"Una empresa implica el ejercicio prolongado e intenso de la producción, bajo una dirección inteligente, representada por el empresario. Este recibe todas las utilidades de la producción; reúne las fuerzas convergentes de la empresa (…) asume finalmente, todos los riesgos, siendo uno de ellos el que dimana de los accidentes. En el presupuesto de producción, un empresario diligente está obligado a prever todos los riesgos económicos (…). Se comprende entre los últimos, las indemnizaciones por accidentes, para cuya apreciación sirve de factor esencial, la experiencia que se va recogiendo con el auxilio de la observación y la estadística. Mediante una labor constante de sistematización avalora el seguro obrero (…)" (Boletín DNT, N°20,1912, 17). [39]

La forma como se piensa la identidad del empresario puede reconstruirse a través de los diversos recursos cognitivos que se le asignan (ALVESSON & WILMOTT 2002): es capaz de dirigir, organizar las fuerzas de la producción, de manera inteligente y dirigente y está obligado a prever los riesgos. El sujeto que cumple esos requisitos es el homo economicus, cuyas acciones están estructuradas conforme el cálculo de la racionalidad instrumental y, además, un homo prudens (O'MALLEY 1992), equipado con las competencias para prever y gestionar individualmente los riesgos que genera. [40]

En síntesis, los movimientos textuales que construyen la realidad del aseguramiento como objetiva, verificable a través de procedimientos racionales, natural, y derivada del ejercicio del libre arbitrio de los agentes de la sociedad civil, levanta un cerco de indemnidad para los principios liberales. Todo ese movimiento argumental lejos de significar una negación de las ideas liberales, importó su reafirmación. En ningún momento se negaron la libertad de industria y comercio, ni siquiera se intentó limitarlas. Uno de los presupuestos metodológicos del liberalismo en tanto arte de gobierno indica que el Estado no debe intervenir en la sociedad en los efectos de no alterar la mecánica natural de los comportamientos. Justamente, lo que los juristas del DNT querían demostrar era el carácter natural (espontáneo) del seguro. Cualquier otra intervención iría en contra de esa mecánica presupuestamente natural. De allí que pergeñaron una semántica destinada camuflar el momento político de la reforma que propugnaban y a inocular su carácter innovador, presentándola solo como un gesto que venía a investir de legalidad las prácticas sociales:

"Los sistemas legales de responsabilidad, han seguido en esta materia una evolución paulatina, que concuerda perfectamente con la concepción que las manifestaciones del problema social han ido presentado. No se trata de una creación: es más, una reforma encaminada al reconocimiento de los derechos que asisten a una de las partes en el contrato de trabajo, en una relación jurídica que ha sido siempre la misma desde que hubo patrones y obreros" (Boletín DNT, N°20, 1912, 11). [41]

Como surge del párrafo trascrito, se construye una narrativa que, apelando a la semántica de los derechos procura inscribir la reforma en el dominio tradicional del contrato de trabajo. Con esto se produce un movimiento de filiación de la legislación por accidentes en el régimen liberal, convocado a través de la utilización de la semántica de los derechos y del concepto jurídico-social de contrato, que presupone el libre arbitrio de los sujetos. Además, la motorización del proyecto del DNT, estaba asentado en otro conjunto de argumentaciones que tendían a desmantelar la referida objeción economicista que se alzaba contra el sistema de la responsabilidad objetiva y el seguro.

"Las cifras (...) dan cuenta exacta de la importancia del problema social que se presenta con el número de obreros víctimas de los accidentes de trabajo, pues los 77 casos fatales del último año y los 333 que han ocasionado lesiones graves, implican para la sociedad otros tantos casos de indigencia temporal o permanente, que viene a pesar sobre la caridad pública, los que año a año se acumulan constituyendo al fin una cuestión trascendental que no debe descuidarse sin el peligro de verla agravarse cada vez más" (Boletín DNT, N°12, 1910, 232). [42]

Contra la temida antieconomicidad del seguro, los expertos del DNT esgrimen el argumento de que el mismo descargaba a la sociedad del costo de la beneficencia. Adviértase que en este caso, la audiencia se amplía, ya no son las autoridades políticas sino la sociedad la destinataria del discurso. A través de una operación textual, se identifica a los trabajadores accidentados como indigentes. Esa construcción identitaria activa a la vez una operación de presuposición (FAIRCLOUGH 1992): Se supone que, ante el hecho de la indigencia, se pone en marcha la caridad pública. A través de un razonamiento instrumental, se deriva de ese hecho (presupuesto) un incremento de las cargas económicas. Más generalmente, las cifras no sólo sirven para la construcción de un estado de cosas – la siniestralidad y la indigencia – sino para la determinación de conductas: la acción caritativa de la sociedad y de prescripciones (conductas normativas): la siniestralidad, desprotegida, no debe descuidarse. La metáfora de la catástrofe y la retórica del peligro refuerzan aun más la producción del efecto de necesidad de la instalación del seguro. [43]

5. Tecnologías actuariales: la preferencia del DNT por el seguro obligatorio de gestión pública

El dispositivo regulador por el que optaron los juristas del DNT, cristalizado en un proyecto de ley sobre accidentes del trabajo (Boletín DNT, N°2, 1907, 171-175), consistió, como ya se explicó, en responsabilizar de los empleadores por los accidentes y enfermedades que sufrían los trabajadores, en forma objetiva, en virtud de la teoría del riesgo profesional. Simultáneamente, a los efectos de garantizar el pago de las indemnizaciones se propuso la tecnología del seguro obligatorio de gestión pública (Boletín DNT, N°2, 1907, 170). [44]

Gran parte de la actividad de esa agencia como centro de cálculo se orientó hacia la publicación en su Boletín de cifras relativas al aseguramiento de los obreros, que fue utilizada estratégicamente para defender el proyecto de instalar el seguro obligatorio. Los expertos son explícitos en cuanto a este uso estratégico: tanto la producción de estadísticas sobre los accidentes del trabajo como sobre el desarrollo del seguro estaban dirigidas a "... establecer el perjuicio que a los industriales podía derivar de la sanción de una ley de indemnización o reparación en los casos de infortunios" (Boletín DNT, Nº17, 1911, 293). El siguiente texto precede la publicación de los cuadros con las cifras del seguro:

"Apenas instalado este Departamento, se inició la formación de dos estadísticas paralelas: la que se refería al número de accidentes del trabajo (...) y la que señalaba el desarrollo del seguro obrero. Tratábase así, por el conocimiento y el estudio de las cifras registradas por una y otras, de establecer el perjuicio que a los industriales podría derivar de la sanción de una ley de indemnización (...). Los primeros guarismos registrados, evidenciaron un hecho del que apenas si se tenía una sospecha. El seguro obrero existía en nuestro país, desarrollado en forma espontánea.

La marcha ascendente del desarrollo del seguro obrero queda evidenciada con las cifras que indican los cuadros que a continuación se expresan" (Boletín DNT, N°17, 1911, 293-294). [45]

Los cuadros demostrativos de los seguros sistematizaban la información relativa a la cantidad de pólizas en vigor, el número de obreros cubiertos, la cantidad de siniestros ocurridos y liquidados, el valor de los siniestros y de los salarios cubiertos, producida por las Compañías de Seguros existentes en la ciudad de Buenos Aires. La cantidad de empleadores asegurados, de siniestros liquidados y demás características de los seguros por accidentes de trabajo es uno de los rubros que con más dedicación y minuciosidad se sujetó al análisis estadístico. Al mismo tiempo, los datos estadísticos privados de las Compañías de Seguros, fueron utilizados como información complementaria para rectificar las estadísticas confeccionadas por el Departamento sobre la base del racconto policial. [46]

Al igual que en las otras estadísticas analizadas, la movilización de recursos cognitivos (cifras, referencia a procesos de conocimiento y estudio), la utilización de verbos (registrar, indicar, establecer, evidenciar, existir) que refieren a procesos empíricos en los que no parece intervenir subjetividad alguna y de formas impersonales (FAIRCLOUGH 1992) (queda evidencia), está destinada a construir la realidad del seguro y a producir un efecto objetivador y distanciador. Pero los registros empíricos que los textos recogen no sólo construyen un diagnóstico o descripción del estado de cosas sino que, más profundamente, permiten la visualización de una regularidad: el aumento constante del aseguramiento. La detección de esa regularidad hace que el texto asuma también una función predictiva (estrategia de sub-determinación fáctica de una opinión).

"La práctica del seguro tiende a aumentar y generalizarse. El desarrollo de estos seguros es extraordinario (...).Ya en 1907 hacía notar el doctor José Nicolás Matienzo (...) que los usos de la industria se habían adelantado en nuestro país a la legislación sobre accidentes de trabajo.. Este aumento ha continuado sin interrupción (...). El aumento ha sido constante y proporcional en todos los factores sometidos a la observación estadística; número de compañías aseguradoras, pólizas en vigor, obreros asegurados, valor de los salarios, número de siniestros ocurridos y valor de los siniestros liquidados" (Anuario Estadístico de 1913, 1915, 166). [47]

Esta anticipación está envuelta, además, como surge del texto del Boletín DNT, N°17, 1911, 293-294 en la metáfora del progreso: la marcha ascendente del desarrollo del seguro. El informe sobre el estado del derecho estatal vigente era contundente en cuanto a que el país carecía de una legislación especial sobre la materia (Boletín DNT, Nº20, 1912, 35) y a que el Código Civil contenía una regulación deficiente. Sin embargo, esta situación deficitaria era aminorada y en ocasiones suplida, por "... la acción privada de muchos industriales argentinos, en forma de seguros y a las más recientes decisiones de nuestros tribunales" (Boletín DNT, Nº20, 1912, 35). [48]

Cabe destacar que la preferencia por el seguro obligatorio gestionado por el Estado implicaba, además, un proceso de socialización. Si el seguro bajo su modalidad libre involucra una socialización por la lógica de dispersión del costo de los riesgos, bajo la forma obligatoria y gestionada por el Estado, se limita la libertad de los empleadores y se priva a los sujetos de las eventuales ganancias derivadas de la existencia de un mercado de los seguros por riesgos del trabajo. [49]

6. Conclusiones

El ensamblaje entre el discurso técnico-empírico (tablas estadísticas e informes sobre las condiciones de higiene y salubridad de los establecimientos), el discurso jurídico, el discurso político y el discurso de la higiene industrial, es decir, una configuración interdiscursiva (FAIRCLOUGH 1992; CHIAPELLO & FAIRCLOUGH 2002), componen el programa de gobierno que el Departamento Nacional del Trabajo configuró a los efectos de la gestión de los riesgos laborales. Ese programa no sólo quedó cristalizado en el proyecto de legislación que se presentó en 1907 y que proponía el dispositivo de la responsabilidad objetiva por riesgo profesional y el seguro obligatorio. Por el contrario, fue construido y simultáneamente experimentado en la movilización de las diversas tecnologías de poder (de cálculo, de interpretación y de control) que estructuraron, en las prácticas efectivas y reales, la conducta de diversos sujetos (trabajadores, empleadores, compañías de seguros, etcétera). Como grilla para su inteligibilidad, propuse localizarlo en un espacio de interfase entre el liberalismo y el punto social de vista, racionalidades políticas que fueron caracterizadas a partir de la miríada teórica desarrollada por los estudios de la gubernamentalidad. Si bien se partió de esa caracterización, la intencionalidad de elucidar, desde una perspectiva sociológica, la especificidad de las reflexiones y tecnologías producidas por el DNT para gobernar los riesgos del trabajo, requería de la activación de estrategias metodológicas que posibilitaran un análisis empírico riguroso. El análisis crítico del discurso, a través de la elucidación de las diversas estrategias presentes en los discursos, permitió identificar y volver explícitas, las construcciones (descripciones de la realidad, justificaciones del proyecto del DNT, identidad de los empleadores) que configuraron un punto de vista social sobre los riesgos del trabajo y la reafirmación, fundamentalmente en el plano de discurso político, de algunas ideas del liberalismo. [50]

Con relación a la apertura de un punto de vista social, el mismo surgió del relevamiento de las cifras relativas a los accidentes del trabajo, a partir de las cuales se articularon semánticas que:

En gran medida, la configuración de un punto de vista social fue la resultante de la defensa del dispositivo de la responsabilidad objetiva y el seguro obligatorio, no sólo porque ambas instituciones involucraban una forma de pensar social acerca de la atribución de la obligación de reparar los daños y de los mecanismos que se programaban para efectivizar esa reparación, sino porque el funcionamiento del DNT como centro de cálculo y de control se instrumentalizó en miras a la justificación de ese proyecto. [52]

Sin embargo, la necesidad de desmantelar las objeciones que el régimen liberal esgrimía contra la objetivización de la responsabilidad y contra el seguro obligatorio, condujeron a los expertos del DNT a la elaborar un discurso político destinado a justificar su proyecto y a persuadir a las autoridades políticas, los empresarios y la opinión pública en general de adoptarlo, que involucró una reafirmación de las ideas liberales: Por una parte se movilizó un arsenal semántico – fuertemente cargado con el peso de las cifras del aseguramiento – destinado a mostrar que las prácticas del seguro habían sido una iniciativa de la sociedad civil, que provenían de las energías privadas libremente articuladas. Esa explicación se asentaba en la construcción discursiva de la identidad de los empleadores como homo economicus, sujetos racionales, equipados de la capacidad de efectuar el cálculo que demostraba que la inversión en el aseguramiento de los obreros terminaba beneficiándolos. [53]

Por otra parte, una compleja argumentación vino a reforzar la idea de la espontaneidad del seguro mostrando que en el plano de los principios la responsabilidad objetiva y el seguro obligatorio no afectaban las libertades de industria y comercio ni el principio de igualdad. La dimensión del dejar hacer del programa del liberalismo y el discurso asociado de la optimización de los procesos económicos, se tradujo en la argumentación instrumental en función de la cual se intentó demostrar la economicidad del seguro obligatorio, al descargar a la sociedad de la obligación de asistir a los incapacitados y ser compatible con el capitalismo. [54]

Finalmente, la opción por las tecnologías actuariales, se desprende no solo del énfasis que colocaron los juristas en remarcar, a través de la reorganización y publicación de las cifras que obtenían de fuentes privadas, la existencia de una tendencia creciente hacia el aseguramiento, sino por la incorporación en su proyecto de legislación de accidentes del seguro obligatorio de gestión público y por el despliegue de un arsenal discursivo tendiente a vencer toda resistencia, proveniente de los principios del régimen liberal, contra la instalación, en el medio local, de esa tecnología. [55]

En conclusión, el programa de gobierno de los riesgos laborales configurado por el Departamento Nacional del Trabajo se localiza en el espacio de una interfase entre el liberalismo y el punto social de vista. Lo social no puede entenderse como interno o externo al liberalismo, sino como interfásico. En la medida en que no puede ser derivado de la filosofía política liberal no es interno al liberalismo pero, en cuanto no constituye una postura fundamentalmente opuesta al mismo (como surge claramente de las consideraciones anteriores) tampoco puede considerarse externo a él (DEAN 1999, p.54). Como se desprende del análisis del discurso, esa interfase o espacio de intersección se formó a partir de la inyección de ciertas formas de pensar, justificaciones, vocabularios, tecnologías propias del punto de vista social, al interior del régimen liberal. Pero esa inyección, como emerge del señalamiento de operaciones discursivas que reproducen lo central del método de gobierno liberal y configuran la identidad empresaria a la medida del homo economicus y del homo prudens, no tuvo el efecto de desplazar completamente o de sustituir en su totalidad las formas de pensar y tecnologías liberales. [56]

Llevando más lejos la articulación entre el enfoque de la gubernamentalidad y las herramientas del ACD, es posible descifrar esta interfase en términos de la copresencia entre un orden del discurso (FAIRCLOUGH 1992) liberal, de carácter dominante, y el discurso del punto de vista social, de carácter alternativo, circunscrito a ciertos ámbitos de interacción social. [57]

Notas

1) No obstante, para el análisis de ciertos textos, excepcionalmente se recurrió a estrategias formuladas por otros enfoques del ACD. <regresar>

2) Por práctica social queremos significar una forma relativamente estabilizada de actividad social (CHIAPELLO & FAIRCLOUGH 2002, p.193). <regresar>

3) La práctica discursiva es una práctica específica que no reduce todos los otros regímenes de prácticas a sus estrategias, regularidades y razones (CHARTIER,1996, p.30). Desde el interior del ACD, ATKINSON subraya la importancia de lo no discursivo como la base para la existencia de discursos (2002, p.212). En igual sentido, VASILACHIS de GIALDINO, valorando la utilidad del análisis lingüístico para la investigación sociológica, alerta sobre el carácter "no total" del fenómeno del lenguaje y sobre las limitaciones de ese tipo de análisis en cuanto se ocupa solamente de un tipo de comportamiento social: el verbal (1992, pp.169 y 170). <regresar>

4) Así como FAIRCLOUGH refiere a discursos dominantes u hegemónicos, FOUCAULT reconoce la existencia de tecnologías de poder dominantes y cambios en el sistema de correlación entre los mecanismos legales, disciplinarios y de seguridad (2006, p.23). <regresar>

5) La intertextualidad preocupó especialmente a FOUCAULT, quién en El orden del discurso distinguió entre diferentes campos de presencia, concomitancia y memoria como diferentes formas de constitución intertextual. <regresar>

 De aquí en adelante se empleará la abreviatura DNT para referirnos al Departamento Nacional del Trabajo. Los Boletines que esa agencia publicaba constituyen el corpus analizado en este artículo.

7) El cuadro contiene los datos referidos a: la profesión de las víctimas, el tipo de daño recibido (muerte/lesión grave/lesión leve), la edad y el estado civil. <regresar>

8) En el Boletín del Departamento aparecieron publicadas las leyes sobre accidentes del trabajo de una multiplicidad de Estados europeos y americanos: Alemania, Bulgaria, Dinamarca, Islandia, Italia, Perú, Inglaterra, Nueva Zelandia, Rusia, Estados Unidos, Francia y otros, por lo que es posible afirmar que el estado del derecho comparado era ampliamente conocido por los juristas locales. <regresar>

9) OSBORNE y ROSE (1997, p.97) invierten la tesis de SHAPIN y LATOUR respecto del origen social de los problemas técnicos de las ciencias naturales (SHAPIN 1992; LATOUR 1987). <regresar>

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Autora

Victoria HAIDAR es Magister en Ciencias Sociales, docente de Introducción a la Sociología en las Facultades de Humanidades y Ciencias y Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral. Investigadora del programa "Globalización y Derecho" del Instituto de Investigaciones de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral. Becaria de Doctorado de CONICET e Investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales Dr. GIOJA de la Universidad de Buenos Aires.

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Victoria Haidar

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Cita

Haidar, Victoria (2007). El análisis de discursos que forman parte de un régimen de prácticas de gobierno: una aproximación desde la perspectiva de los estudios de la gubernamentalidad [57 párrafos]. Forum Qualitative Sozialforschung / Forum: Qualitative Social Research, 8(2), Art. 8, http://nbn-resolving.de/urn:nbn:de:0114-fqs070287.

Forum Qualitative Sozialforschung / Forum: Qualitative Social Research (FQS)

ISSN 1438-5627

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